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Artículo 13 del Decreto Ley 2049

Crea sistema de desahucio para el personal de la direccion de prevision de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6792 / 8826070.

Texto oficial

Artículo 13°- La indemnización de desahucio será inembargable, salvo por pensiones alimenticias decretadas judicialmente, y hasta el 50% de su monto.