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Artículo 15 del Decreto Ley 2052

Aprueba presupuesto del sector publico para el año 1978

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6795 · idParte: 9036633

Texto oficial

Artículo 15°- Los Intendentes Regionales entregarán mensualmente al Servicio de Tesorería la distribución del aporte entre las Municipalidades, de acuerdo al programa de caja correspondiente.