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Artículo 16 del Decreto Ley 2052

Aprueba presupuesto del sector publico para el año 1978

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6795 · idParte: 9036634

Texto oficial

Artículo 16°- La identificación de los proyectos de inversión, programas o líneas de acción a que se refiere el artículo 5°, será aprobado, respecto de los Presupuestos Municipales, por resolución del Intendente Regional respectivo, dentro del plazo de treinta días, contados desde la fecha de presentación de los proyectos correspondientes.