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Artículo 16 del Decreto Ley 2079

Fija texto de la ley orgánica del banco del estado de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6814 / 8707371.

Texto oficial

Artículo 16°- El Comité funcionará con la mayoría de sus miembros y sus acuerdos se adoptarán por la mayoría de los que asistan. El que presida tendrá voto decisorio en caso de empate. El Comité dictará su propio Reglamento de Sala y a él deberá ajustar su funcionamiento interno.