Texto oficial
Artículo 36°- Podrán también abrir y administrar
cuentas de ahorro de simple giro y depósito las entidades
sin personalidad jurídica, en conformidad con las normas
que al efecto apruebe el Comité del Banco.
Fija texto de la ley orgánica del banco del estado de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6814 / 8707395.