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Artículo 39 del Decreto Ley 2079

Fija texto de la ley orgánica del banco del estado de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6814 / 8707398.

Texto oficial

Artículo 39°- Los depósitos de ahorro y sus incrementos de cualquiera clase, hasta la cantidad de cinco sueldos vitales anuales de la Región Metropolitana: Santiago, quedarán exentos de la contribución de herencia, aunque el depositante fuere dueño de otros bienes. Se considerarán para estos efectos las distintas cuentas que pueda tener la misma persona.