Texto oficial
Artículo 27 bis.- Existirán tres Gerentes Generales de
Area: de Créditos, de Administración y de Finanzas que
tendrán las siguientes funciones y atribuciones:
1.- Corresponderá al Gerente General de Créditos:
a) Impartir las instrucciones, y recomendaciones
necesarias para la eficiente administración y buena marcha
de todas las operaciones crediticias del Banco;
b) Resolver las solicitudes de crédito que se presenten
al Banco, dentro de las facultades otorgadas por el Comité;
c) Informar al Comité respecto de la marcha de las
operaciones crediticias del Banco;
d) Proponer al Comité políticas y metas específicas
de las operaciones crediticias del Banco;
e) Responder ante el Gerente General Ejecutivo de la
aplicación y cumplimiento de los acuerdos adoptados por el
Comité, que se relacionen con operaciones de crédito en el
contexto de las facultades que se le hubieren delegado, y
f) Ejercer las demás funciones que le encomienden el
Comité y el Gerente General Ejecutivo.
2.- Corresponderá al Gerente General de
Administración:
a) Proponer al Comité políticas de administración de
los recursos humanos y materiales del Banco;
b) Proponer al Comité políticas de desarrollo y
capacitación del personal;
c) Proponer al Comité la adquisición, arrendamiento o
enajenación de los bienes raíces y bienes corporales
muebles necesarios para su servicio o funcionamiento;
d) Proponer al Gerente General Ejecutivo la
contratación, promoción, traslado, comisión de servicios,
sanciones disciplinarias que autorice la reglamentación
interna, aceptación de renuncias y término de contratos de
trabajo de los funcionarios del Banco de acuerdo con las
políticas que establezca el Comité a tal efecto;
e) Responder ante el Gerente General Ejecutivo de la
aplicación y cumplimiento de los acuerdos tomados por el
Comité en materias administrativas, en el contexto de las
facultades que en él se hayan delegado, y
f) Ejercer las demás funciones que le encomienden el
Comité y el Gerente General Ejecutivo.
3.- Corresponderá al Gerente General de Finanzas:
a) Proponer al Comité las instrucciones y
recomendaciones necesarias, en todo lo que se relacione
directamente con la captación de recursos financieros para
la empresa;
b) Proponer al Comité la política de inversiones
financieras del Banco;
c) Proponer al Comité políticas de administración de
la cartera de inversiones financieras y velar por su
adecuada rentabilidad.
d) Establecer un sistema de estadística contable y de
procesamiento de datos, y controlar su adecuado
funcionamiento;
e) Presentar periódicamente al Comité los balances y
otros estados financieros que permitan tomar cabal
conocimiento de la marcha de los negocios de la
institución.
f) Confeccionar, controlar y actualizar permanentemente
el presupuesto de ingresos y gastos, anuales del Banco, en
el contexto de las facultades que se hayan delegado en él.
g) Preparar y presentar al Gerente General Ejecutivo,
los balances y otros estados financieros del Banco;
h) Responder ante el Gerente General Ejecutivo de la
aplicación y cumplimiento de los acuerdos tomados por el
Comité en materias financieras, en el contexto de las
facultades que se le hubieren delegado, e
i) Ejercer las demás funciones que le encomienden el
Comité o el Gerente General Ejecutivo.
Los cargos de Gerente General de Area serán de
designación del Comité.