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Artículo 4 del Decreto Ley 2203

Establece normas relacionadas con la composicion y funcionamiento del consejo de la caja de prevision de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6852 · idParte: 9036675

Texto oficial

ARTICULO 4° El quórum para sesionar será el de los dos tercios de los miembros del Consejo con derecho a voto. Los acuerdos se adoptarán por simple mayoría de los asistentes. En caso de paridad de votos, se dirimirá por el voto del Consejero que presida.