Texto oficial
Artículo 3°- Traspásanse, a contar de la fecha de publicación del presente decreto ley, los siguientes cargos de planta de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas a la planta del Servicio Nacional de Salud, cuya identificación de cargos y escalafones se hizo por el artículo 10 del decreto 1.178, publicado en el Diario Oficial de 14 de Enero de 1978:
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Designación Grado N° de
Nivel E.U.S. cargos
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MEDICOS
Oftalmólogos 11 Hrs. semanales_____ 3
DIRECTIVOS
Encargado Nacional Programa Dental_ III 7° 1
PLANTA LEY 15.076
Cirujano Dentista 44 Hrs. semanales 1
Cirujano Dentista 33 Hrs. semanales 48
Cirujano Dentista 33 Hrs. semanales 184
Cirujano Dentista 11 Hrs. semanales 46
MECANICOS
Mecánicos__________________________ I 21° 2
AUXILIARES PARAMEDICOS
Auxiliares Paramédicos_____________ IV 27° 202
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Los funcionarios que ocupan en la actualidad los cargos que se traspasan a la planta del Servicio Nacional de Salud, continuarán desempeñándolos en esta Institución, en calidad de titulares, con las mismas funciones y en las áreas hospitalarias que tenían señaladas en la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas. La dotación de este personal que se transfiere al Servicio Nacional de Salud corresponderá a la cuota efectiva del Programa Médico y Dental a la fecha de publicación de este decreto ley.