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Artículo 12 del Decreto Ley 2306

Dicta normas sobre reclutamiento y movilizacion de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

Artículo 12.- Fuerá del país, los Consulados chilenos desempeñarán funciones de reclutamiento en calidad de Cantones auxiliares.