Texto oficial
Artículo 22.- Los varones pertenecientes a la Base de
Conscripción deberán concurrir a las citaciones que les
hicieren las autoridades de reclutamiento para integrar el
contingente que será convocado al servicio militar. En caso
de privación de libertad, el jefe del respectivo
establecimiento penal informará al Cantón de Reclutamiento
correspondiente las circunstancias de la misma.