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Artículo 58 del Decreto Ley 2306

Dicta normas sobre reclutamiento y movilizacion de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6876 · idParte: 8628734

Texto oficial

Artículo 58.- El personal de reserva llamado al servicio activo tendrá derecho, durante su permanencia en él, a ser provisto gratuitamente por el Estado de equipo militar, alojamiento, vestuario, transporte y alimentación, de acuerdo con la reglamentación institucional correspondiente.