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Artículo 76 del Decreto Ley 2306

Dicta normas sobre reclutamiento y movilizacion de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6876 · idParte: 8628756

Texto oficial

Artículo 76.- Los reservistas que fingieren o se atribuyeren algun grado, título o jerarquía militar del que no están en posesión legal, serán sancionados con la pena de reclusión menor en sus grados mínimos a medio.