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Artículo 5 del Decreto Ley 2312

Introduce modificaciones al articulo 1° del decreto ley n° 1.606, de 1976, que reemplazo el texto del decreto ley n° 825, de 1974, sobre impuesto a las ventas y servicios y a otras disposiciones legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6877 / 8727396.

Texto oficial

Artículo 5°- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 828, de 1974, sobre Impuesto a los Tabacos Manufacturados, con vigencia a contar del 1° de Septiembre de 1978: a) Reemplázase en el artículo 3° el guarismo "40%" por "26%"; b) Sustitúyese en el inciso primero del artículo 4°, el guarismo "57%" por "42,9%"; c) Reemplázase en el artículo 5°, el guarismo "57%" por "42,9%"; d) Agrégase en el artículo 3°, en el inciso primero del artículo 4° y en el artículo 5°, después de la expresión "venta al consumidor", entre comas, la expresión "incluido impuestos".