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Artículo 18 del Decreto Ley 2398

Normas complementarias de administración financiera y de incidencia presupuestaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6907 · idParte: 8766024

Texto oficial

Artículo 18.- Durante 1979 se aplicará lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 169 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, a los funcionarios de planta de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Relaciones Exteriores que estén o sean contratados para desempeñarse en Misiones Diplomáticas, Consulares o Técnico-Administrativas de Chile en el exterior.