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Artículo 4 del Decreto Ley 2399

Otorga privilegio de pobreza a personas patrocinadas por los consultorios juridicos de las facultades de derecho de las universidades que indica y de la secretaria nacional de la mujer, y modifica decreto ley n° 1.861, de 1977

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6908 · idParte: 5879709

Texto oficial

Artículo 4°.- Competirá a los Decanos o Directores de las Facultades o Escuelas de Derecho mencionadas en el artículo 1°, vigilar la correcta actuación de los abogados de sus respectivos Consultorios Jurídicos.