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Artículo 13 del Decreto Ley 2405

Disuelve la corporacion de la reforma agraria y modifica la ley 16.640

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6911 / 9036784.

Texto oficial

Artículo 13.- La aplicación de lo dispuesto en los artículos anteriores no importará modificación de las modalidades de pago del precio de las tierras asignadas o vendidas, en lo que dice relación con el monto de la deuda, plazo establecido o convenido para su pago, reajustes, intereses y recargos en caso de mora, con excepción de lo dispuesto en el inciso final del artículo precedente. Lo previsto en los artículos anteriores no modifica lo dispuesto en los artículos 88 y 89 de la ley número 16.640, ni en el artículo 1° del decreto ley N° 2.247, de 1978.