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Artículo 4 del Decreto Ley 2411

Concede asignacion especial a los personales que indica, regidos por el decreto ley 249, de 1973

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6913 · idParte: 9036798

Texto oficial

ARTICULO 4° A los funcionarios de los escalafones a que se refiere este texto, que perciban la asignación profesional establecida en el artículo 3° del decreto ley 479, de 1974, o la asignación establecida en el artículo 10 del decreto ley N° 924, de 1975 no les corresponderá ninguna de las asignaciones que concede este cuerpo legal. Tampoco corresponderán las asignaciones que otorgan los artículos 1° y 2° de este texto, a las personas que ingresen a la administración con posterioridad al 1° de enero de 1979, en el último grado del nivel de inicio de los escalafones a que se refieren dichos artículos, en tanto permanezcan en dicho grado.