Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto Ley 2413

Introduce modificaciones al decreto con fuerza de ley n° 120, de 1960, ley orgánica de la polla chilena de beneficencia; fija su planta de personal y deroga diversas disposiciones legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6915 / 8912345.

Texto oficial

Artículo 4°- Deróganse la ley N° 5.443; artículo 2° de la ley N° 7.384; incisos segundo y tercero de la letra c) del artículo 6° de la ley N° 7.874; leyes N°s. 9.279 y 9.346; artículo 1° de la ley N° 9.542; leyes N°s. 10.369, 11.826, 11.898, 12.072 y 15.041; artículo 3° de la ley N° 16.720; ley N° 17.291; artículos 45 y 52 de la ley N° 17.318; artículos 1° y 2° de la ley N° 17.391; artículo 2° de la ley N° 17.431; decretos leyes N°s. 622 y 731, de 1974; 1.235 y 1.236, de 1975, y 1.880, de 1977, y toda otra disposición legal contraria o incompatible con las disposiciones de este decreto ley.