Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto Ley 2442

Establece funciones y atribuciones del ministerio de economia, fomento y reconstruccion, en materia de pesca organiza la subsecretaria de pesca crea el consejo nacional de pesca y el servicio nacional de pesca

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6922 / 8707430.

Texto oficial

Artículo 4°- La Subsecretaría de Pesca está a cargo del Subsecretario de Pesca e integrada por los Departamentos de Recursos y de Estudios.