Texto oficial
Artículo 2°.- Policía de Investigaciones de Chile
estará organizada sobre la base de una Dirección General,
un máximo de cuatro Subdirecciones, una Inspectoría
General, Jefaturas, Prefecturas, Oficina Central Nacional
INTERPOL, Comisarías y las Unidades Menores que sean
necesarias. Dispondrá, además, de los servicios que se
requieran para el mejor desempeño de sus funciones.
Para la formación y perfeccionamiento profesional de su
personal, la Institución contará con una Escuela de
Investigaciones, un Centro de Capacitación Profesional y un
Instituto Superior, planteles que otorgarán los títulos
correspondientes de acuerdo con sus reglamentos.