Texto oficial
Artículo 3°.- La Escuela de Investigaciones es el
plantel destinado a la formación profesional básica de los
funcionarios policiales.
En el Centro de Capacitación Profesional se
efectuarán los cursos de especialización que disponga la
Dirección General.
En el Instituto Superior de Investigaciones se
realizarán los cursos de perfeccionamiento de los
Oficiales, y los de formación de los jefes de la
Institución.
Para el ingreso a los planteles señalados en este
artículo será requisito haber aprobado la enseñanza
media.