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Artículo 22 del Decreto Ley 2465

Crea el servicio nacional de menores y fija el texto de su ley orgánica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6929 / 8691078.

Texto oficial

Artículo 22.- Toda donación en favor de las instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores, no requerirá del trámite de insinuación judicial a que se refiere el artículo 1401, del Código Civil y estará exenta de cualquiera contribución o impuesto.