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Artículo 53 del Decreto Ley 2763

Reorganiza el ministerio de salud y crea los servicios de salud, el fondo nacional de salud, el instituto de salud publica de chile y la central de abastecimiento del sistema nacional de servicios de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6999 / 8169920.

Texto oficial

Artículo 53.- Los bienes raíces y muebles de propiedad del Servicio Nacional de Salud y actualmente destinados al funcionamiento de la Central de Abastecimiento, a sus agencias, servicios o dependencias, se entenderán transferidos en dominio a la Central por el solo ministerio de la ley. Para los efectos de este artículo, el Director procederá en la forma prevista en el inciso segundo del artículo 25.