Texto oficial
Artículo 55.- Las referencias que las leyes,
reglamentos, decretos supremos, resoluciones u otras
disposiciones vigentes formulan al Servicio Nacional de
Salud, en relación con la Central de Abastecimiento
dependiente de esta institución, se entenderán hechas a la
Central, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8º
transitorio.