Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto Ley 2824

Reemplaza procedimiento de pago de creditos que el banco central de chile concede al sistema nacional de ahorros y prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7001 / 5880579.

Texto oficial

Artículo 4°.- El servicio de los pagarés se hará por medio de cuotas mensuales, iguales y sucesivas, que comprenderán amortización e intereses.