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Artículo 5 del Decreto Ley 2824

Reemplaza procedimiento de pago de creditos que el banco central de chile concede al sistema nacional de ahorros y prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7001 / 5880580.

Texto oficial

Artículo 5°.- El no pago oportuno por parte del suscriptor del todo o parte de una cuota del pagaré, dará derecho al Banco Central de Chile para cobrar a la entidad deudora un interés penal equivalente a un 0,25% de la cantidad debida, por cada día de atraso en el pago.