Texto oficial
ARTICULO 3° Se propenderá, sin que ello implique una
obligación para el jurado, a que el premio se confiera
alternadamente a los educadores que hayan desarrollado su
labor en los distintos niveles educacionales.
Crea el premio nacional de educacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7008 / 9062335.