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Artículo 24 del Decreto Ley 2859

Fija ley orgánica de gendarmeria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7015 · idParte: 8900865

Texto oficial

Artículo 24.- Tendrán derecho a la asignación de responsabilidad superior establecida en el artículo 6° del decreto ley N° 1.770, de 1977 y sus modificaciones, quienes se desempeñen en cargos de grado 4° o superiores, de las plantas de Oficiales Penitenciarios y de Directivos.