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Artículo 6 del Decreto Ley 2879

Establece normas de personal y de caracter financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7026 / 8799653.

Texto oficial

Artículo 6°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a las Plantas del personal de la Dirección de Presupuestos: I.- Subdirección de Presupuestos: a) Suprímense un cargo de Profesional grado 6°; cinco cargos de Profesionales grado 7°; ocho cargos de Profesionales grado 8°; un cargo de Jefaturas B, Nivel I, grado 14; cuatro cargos de Oficiales Administrativos, Nivel I, grado 21; y tres cargos de Auxiliares, Nivel I, grado 26. b) Créanse dos cargos de Jefes de División, Escalafón de Directivos Superiores, Nivel II, grado 3°; un cargo de Jefe de Sector, Escalafón de Directivos, Nivel I, grado 5°; un cargo de Profesional grado 15; dos cargos de Jefaturas B, Nivel I, uno de grado 12 y otro de grado 13; un cargo de jefaturas C, Nivel I, grado 15; un cargo de Jefe de Presupuestos, Nivel III, grado 17; un cargo de Artesano Gráfico, Nivel I, grado 21, y tres cargos de Auxiliares, Nivel I, grado 25. II.- Subdirección de Racionalización y Función Pública: a) Suprímense dos cargos de Directivos Superiores, Nivel III, grado 4°; el de Jefe del Departamento Oficina Central de Organización y Métodos y el de Jefe del Departamento de Remuneraciones; tres cargos de Profesionales grado 8°; tres cargos de Profesionales grado 9°; dos cargos de Profesionales grado 11; un cargo de Oficial Administrativo, Nivel I, grado 20; cuatro cargos de Oficiales Administrativos, Nivel I, grado 21; un cargo de Auxiliar, Nivel I, grado 26; y dos cargos de Auxiliares, Nivel II, grado 31. b) Sustitúyese el grado de Subdirector, pasando de 3° a 2°. c) Créanse un cargo de Jefe de División, Escalafón de Directivos Superiores, Nivel II, grado 3°; un cargo de Jefe de Sector, Escalafón de Directivos, Nivel I, grado 5°; dos cargos de Profesionales grado 6°; un cargo de Jefaturas C, Nivel I, grado 15; un cargo de Jefaturas C, Nivel II, grado 17; un cargo de Jefe de Presupuestos, Nivel III, grado 17; un cargo de Oficial Administrativo, Nivel I, grado 19; dos cargos de Oficiales Administrativos, Nivel III, grado 27; un cargo de Artesano Gráfico, Nivel II, grado 23; dos cargos de Auxiliares, Nivel I, grado 25, y un cargo de Auxiliar, Nivel I, grado 27. En los cargos que se crean por este artículo, podrá nombrarse a funcionarios en actual servicio en cualquiera de las dos Subdirecciones, de planta, a contrata o a honorarios, siempre que cumplan con los requisitos legales de ingreso que correspondan.