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Artículo 7 del Decreto Ley 2963

Ley orgánica de la sindicatura nacional de quiebras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7037 / 9036996.

Texto oficial

Artículo 7°- El reglamento determinará, previo informe de la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa, la división interna de las unidades que integran la Dirección Nacional de Quiebras.