Texto oficial
Artículo 6°- Los cargos de "Prosecretario Corte
Suprema" y de "Secretario del Fiscal Corte Suprema",
incorporados al Escalafón del Personal Superior,
corresponden a los cargos de "Oficial 1° de la Corte
Suprema" y de "Secretario Abogado del Fiscal de la Corte
Suprema", respectivamente, que figuraban en el Escalafón de
Empleados. Las personas que servían estos últimos cargos,
pasarán a ocupar aquéllos, sin necesidad de nuevo
nombramiento.