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Artículo 7 del Decreto Ley 3260

Establece regimen de gobierno y administración de la region metropolitana de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7083 / 9037105.

Texto oficial

ARTICULO 7° El Intendente Regional Metropolitano, cuando las necesidades de la Región así lo requieran, ajustándose a las instrucciones del Supremo Gobierno sobre la materia, podrá delegar las facultades de que se encuentra investido, en los Gobernadores Provinciales, en los Alcaldes o en otras autoridades de la Región Metropolitana.