Texto oficial
Artículo 9.- Derógase el artículo 17 del decreto ley N° 2.099, de 1978.
La derogación a que se refiere el inciso anterior no obstará a lo dispuesto en el artículo 22 del decreto con fuerza de ley N° 211, de 1960.
Introduce modificaciones a la legislacion bancaria y financiera
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