Texto oficial
Artículo 40.- Se deberá impedir el acceso de las
plagas a los desechos. Inmediatamente después de su
evacuación, los receptáculos utilizados para el
almacenamiento y todo el equipo que haya entrado en contacto
con los desechos deberán limpiarse. La zona de
almacenamiento de desechos deberá, asimismo, mantenerse
limpia.