Texto oficial
Artículo 198.- Leche es la secreción mamaria normal
exenta de calostro, de animales lecheros, obtenida mediante
uno o más ordeños, sin ningún tipo de adición o
extracción, destinada al consumo en forma de leche líquida
o a su elaboración ulterior.
Para efectos de etiquetado, leche sin otra
denominación, es el producto de la vaca. Las leches
provenientes de otros animales se denominarán según la
especie de la que proceden, como también los productos que
de ella se deriven