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Artículo 357 del Decreto 977

Aprueba reglamento sanitario de los alimentos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 71271 · idParte: 8716730

Texto oficial

Artículo 357.- El pan deberá presentar las características siguientes: a) olor y sabor característico; b) cocción y panificación normales; c) limpio y sin cuerpos extraños; d) agua, no más de 36% en muestra tomada 1 hora después de salida del horno, y e) acidez, no más de 0,25% expresada en ácido sulfúrico y calculada sobre la base de 30,0% de agua.