Texto oficial
Artículo 373.- Levadura prensada o filtrada para
panificación corresponde a la levadura que ha sido
centrifugada, prensada o filtrada, de manera que su humedad
no sea mayor de 75% en peso.
Aprueba reglamento sanitario de los alimentos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 71271 / 8716750.