Saltar al contenido

Artículo 13 del Decreto Ley 3465

Convoca al plebiscito dispuesto por el decreto ley 3.464, de 1980 y señala normas a las cuales se sujetara

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7130 · idParte: 9037152

Texto oficial

ARTICULO 13° Recibidos los útiles a que se ha hecho mención en el artículo anterior, se procederá a abrir el paquete que los contiene y a levantar en el formulario correspondiente, en duplicado, el Acta de instalación en la que se dejará constancia de la hora de la misma y de los nombres completos y cédulas de identidad de los miembros de la mesa, debiendo ser suscrita por éstos.