Texto oficial
Artículo 14 bis.- El sostenedor deberá llevar un
sistema de estados financieros consolidados de acuerdo con
la forma que fije el reglamento. Los estados financieros
consolidados deberán considerar la corrección monetaria de
acuerdo con las normas tributarias vigentes. Cuando varios
establecimientos pertenezcan a un solo sostenedor, se
aplicará esta norma al conjunto de ellos como un todo.