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Artículo 36 del Decreto Ley 3476

Fija normas a los establecimientos de enseñanza particular subvencionados por el estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7138 / 9009875.

Texto oficial

Artículo 36.- Si un sostenedor tiene varios establecimientos, la calificación de Establecimientos Educacionales de Financiamiento Compartido se hará para el conjunto de ellos como un todo, comparado el cobro promedio del conjunto con el valor límite que corresponda según el artículo 34.