Texto oficial
Artículo 37.- En el caso que un sostenedor ofrezca más
de un nivel o modalidad de enseñanza, en uno o varios
establecimientos, para los efectos de determinar la
categoría de Establecimiento Educacional de Financiamiento
Compartido del establecimiento o del conjunto, según
corresponda, se comparará el cobro promedio con el valor
límite promedio, ponderado los valores límites de cada
tipo de enseñanza por las asistencias promedio
correspondientes.
No obstante lo anterior, las subvenciones
correspondientes a cada establecimiento y a cada tipo de
educación, se establecerán en forma separada.