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Artículo 10 del Decreto Ley 3477

Establece normas de caracter presupuestario, de administración financiera y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7139 / 9037189.

Texto oficial

Artículo 10.- Declárase, interpretando las disposiciones contenidas en los artículos 12, 22 y 28 del decreto ley N° 889, de 1975, que el sentido de la expresión "el costo de las nuevas inversiones o reinversiones que anualmente no excedan de US$ 2.000.000" ha debido y debe entenderse referido a cada inversión o reinversión y no en relación con el inversionista o reinversionista que la ha realizado o realice.