Texto oficial
Artículo 16.- Declárase, interpretando el artículo 56
del decreto ley N° 2.763, de 1979, que la facultad de fijar
las plantas de personal que concede ese precepto ha
comprendido y comprende la de determinar los cargos que
deben desempeñarse con dedicación exclusiva e imponer una
prohibición legal absoluta de ejercicio libre de la
respectiva profesión.