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Artículo 20 del Decreto Ley 3529

Normas complementarias de administración financiera y de incidencia presupuestaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7162 / 8781636.

Texto oficial

Artículo 20.- Las entidades regidas por el decreto ley N° 249, de 1973, podrán contratar egresados de carreras universitarias, asimilados al grado inmediatamente inferior al último asignado en la Escala Unica de Sueldos, a la profesión respectiva.