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Artículo 4 del Decreto Ley 3532

Establece nuevo procedimiento para el cobro ejecutivo de las obligaciones hipotecarias de la asociacion nacional de ahorro y prestamo y modifica el articulo 3° del decreto ley n° 3.480, de 1980, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7163 / 9037228.

Texto oficial

Artículo 4°.- Se declara que en las escrituras públicas o privadas en que sea o haya sido parte la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo, ha podido y puede utilizarse el procedimiento de escritura establecido en el artículo 68 de la ley N° 14.171 y en el artículo 61 de la ley N° 16.391.