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Artículo 46 del Decreto Ley 3557

Establece disposiciones sobre protección agricola

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7178 / 8629200.

Texto oficial

Artículo 46.- Sustitúyese el artículo 29 del decreto ley N° 1.764, de 1977, por el siguiente: "Artículo 29.- Autorízase la importación de cualquier especie o variedad de semillas, con la sola limitación de cumplir con las exigencias fitosanitarias y demás condiciones que establezca el Ministerio de Agricultura.".