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Artículo 11 del Decreto Ley 3607

Deroga dl. n° 194, de 1973, y establece nuevas normas sobre funcionamiento de vigilantes privados

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7193 · idParte: 8629249

Texto oficial

Artículo 11°.- Derógase el DL N° 194, de 1973, así como cualquier disposición legal contraria al presente decreto ley. Dentro del plazo de sesenta días, a contar de la fecha en que entre en vigencia el presente decreto ley, el Presidente de la República deberá dictar el reglamento correspondiente.