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Artículo 4 del Decreto Ley 3659

Dispone termino de existencia legal de la empresa de transportes colectivos del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7217 / 9037316.

Texto oficial

Artículo 4°.- La enajenación de los bienes de la Empresa podrá hacerse en forma directa, en subasta pública o mediante el sistema de propuesta o licitación, y en general, bajo cualquier forma jurídica que la Comisión acuerde, sin que sean aplicables a su respecto las normas limitativas vigentes sobre enajenación de bienes del Estado o del sector público.