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Artículo 32 del Decreto 1

Reglamento orgánico de la superintendencia de seguridad social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7223 / 5882219.

Texto oficial

Artículo 32°.- Lo dispuesto en el artículo 26 y siguientes, se aplicará también al Secretario General.